Hasta la fecha el Cementerio de Bilbao tiene habilitada una parcela para la inhumación conforme a los ritos fúnebres islámicos que cuenta con capacidad para ochenta enterramientos, de los cuales cuarenta y nueve están utilizados. En previsión de ver comprometida su capacidad a corto-medio plazo, el Ayuntamiento ha dispuesto una nueva parcela (número 43) que podrá albergar hasta 2.160 tumbas de personas de confesión musulmana.
Responsabilidad de servicio público
Una de las principales demandas de la comunidad musulmana es la creación de cementerios musulmanes que permitan ser enterrados de acuerdo a su rito funerario islámico, demanda que el “Ayuntamiento de Bilbao no puede ni quiere ser ajeno a ello”, pues “la libertad de culto amparada por la Constitución exige la creación de las condiciones necesarias para la práctica de los ritos funerarios respetando el credo de cada persona”.
Bajo el prisma de que la gestión de los cementerios son un servicio público, sujeta al principio de utilidad social en beneficio de la ciudadanía, se ha aprobado el Protocolo de inhumación según el rito musulmán: “la realidad se impone y desde el Ayuntamiento de Bilbao no podemos darle la espalda. Nunca lo hemos hecho. Hemos ido adaptándonos a los cambios sociales y a las necesidades específicas de la población que se iban generando”.
Un protocolo que se alinea con los valores que integran la Carta de Valores de Bilbao, en sintonía con los Objetivos para el Desarrollo Sostenible. En concreto con los valores de “Justicia social” por cuanto la reserva de la parcela 43 de los panteones comunitarios para los enterramientos islámicos en el Cementerio municipal de Bilbao, “contribuye de manera activa a garantizar que todas las personas puedan vivir conforme a sus creencias, y hacerlo también en el momento de su defunción y decidir el destino final de sus restos”. Asimismo, con los valores de “Diversidad e inclusión”, “Convivencia” y “Compromiso” en cuanto supone “poner nuestros medios y recursos al servicio del bien común y de los objetivos compartidos, asumiendo las obligaciones que de ello deriven”, y dar una solución a las necesidades de las personas que integran la comunidad musulmana.
Las personas que soliciten el enterramiento en la parcela número 43 deberán acreditar su condición de musulmanas mediante una declaración responsable. El formulario de solicitud recoge expresamente esta opción y la declaración responsable de pertenecer a la comunidad musulmana, que se añadirá a la documentación reglamentaria
La parcela 43 pertenece a los conocidos como bloques comunitarios, es decir, a las unidades de enterramiento bajo tierra construidas mediante bloques de hormigón, distribuidos en 8 cuadrantes. En la zona anexa se prevé la construcción de un edificio que podrá alojar los restos cadavéricos que resulten de la exhumación transcurridos un mínimo de cinco años desde la inhumación, así como la habilitación de un osario general.
Según indican desde el ayuntamiento, “este protocolo ha sido el resultado de un proceso de escucha activa con las personas representantes de la comunidad musulmana en Bilbao y constituye, por tanto, un mecanismo de reconocimiento de la diversidad que caracteriza a la sociedad de Bilbao.”
La respuesta de la representación local de la comunidad musulmana ha sido positiva a propósito de la alternativa propuesta.
Este protocolo podrá ser revisado en octubre de 2024 con el objeto de analizar su evolución y, en su caso, la conveniencia de modificar su alcance e introducir nuevos servicios de cementerio en el mismo.