jueves. 21.11.2024
CUESTIONES DE PLURALISMO Y CONVIVENCIA

Culto a los difuntos y libertad religiosa. Luces y sombras en el ordenamiento y en la práctica en Italia

* Anna Gianfreda, Profesora asociada Facultad  de Economía y Jurisprudencia, Piacenza, Italia

* El enfoque pragmático que guía la actuación de la Administración pública en la selección de los interlocutores confesionales no está exento de aspectos críticos sobre los criterios que definen el acceso a los lugares de enterramiento en los recintos religiosos y el derecho individual a disfrutar de ellos en función de una pertenencia más o menos constatada a la comunidad

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El culto a los difuntos es uno de los "aspectos prácticos de la libertad religiosa" de mayor impacto en las sociedades civiles contemporáneas. En efecto, en la experiencia de la muerte y en la celebración de los ritos que la siguen, hay ciertos tiempos y momentos en los que las personas se enfrentan a preguntas sobre el sentido último de la vida que, independientemente de las respuestas que se den, atañen profundamente a la religiosidad del ser humano. Como expresiones de la religiosidad humana, como aspecto de la identidad y de la personalidad individual y de la pertenencia colectiva, por tanto, la muerte, la sepultura, la veneración y el recuerdo de los difuntos en los actos de culto y en los lugares de enterramiento conciernen al ámbito de la libertad religiosa, que en la Constitución italiana está protegida, en todos sus aspectos, por las disposiciones combinadas de los artículos 2, 3, 8 y 19, y se convierten en su dimensión práctica y cotidiana en objeto de un interés individual y colectivo religiosamente cualificado.

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